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26 de septiembre de 2026 · 4 min de lecturaVerifactu en 2027: qué le toca a tu empresa y qué se puede automatizar alrededor
Verifactu se ha aplazado dos veces y mucha gente ha dejado de creer que llegue. Va a llegar. Esto es lo que dice la norma a fecha de hoy, qué obliga de verdad, qué no tiene nada que ver aunque lo parezca, y dónde está el trabajo manual que conviene quitar antes de que la facturación esté vigilada.
Las fechas, a día de hoy
El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, aplazó un año la obligación de usar sistemas de facturación adaptados a Verifactu. Quedó así:
| Quién | Desde cuándo |
|---|---|
| Empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos y el resto de obligados | 1 de julio de 2027 |
Quedan fuera quienes ya están en el Suministro Inmediato de Información (SII) y los contribuyentes de los territorios forales, que tienen sus propios sistemas. Si llega otro aplazamiento, cambio esta nota; mientras tanto, estas son las fechas.
Qué obliga Verifactu de verdad
Que el programa con el que facturas genere por cada factura un registro que no se pueda alterar ni borrar sin dejar rastro, encadenado con el anterior, con una huella y un código QR en la factura. Y que ese registro se pueda enviar a la Agencia Tributaria: en el momento, si eliges la modalidad Verifactu, o cuando te lo pidan, si eliges la otra.
Lo que no dice es que tengas que cambiar de programa. Dice que el que uses tenga que cumplir esto. La mayoría de los fabricantes están adaptando los suyos; lo que hay que hacer es preguntar al tuyo, por escrito, si va a estar listo y cuándo. Si te dice que no, entonces sí hay que cambiar, y conviene saberlo en 2026 y no en diciembre.
Lo que se confunde con Verifactu y no lo es
La factura electrónica obligatoria entre empresas es otra norma. Viene de la Ley Crea y Crece y su reglamento se aprobó por el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo. Obliga a que las facturas entre empresas y profesionales se emitan en formato electrónico estructurado y a informar de si se han aceptado y pagado, en cuatro días naturales sin contar fines de semana ni festivos nacionales.
Sus plazos no son fechas fijas: se cuentan desde que entre en vigor la orden ministerial que ponga en marcha la solución pública de facturación. Las empresas que facturan más de ocho millones al año tendrán doce meses desde ese momento; el resto, veinticuatro. Para una pyme, eso apunta bastante más allá de 2027. Verifactu es lo que llega primero.
Dónde está el trabajo manual
Lo que veo en las empresas no es un problema de programa, es un problema de lo que pasa alrededor del programa:
- Facturas que se hacen en Word o en Excel y luego se «pasan» al programa. Hoy es doble trabajo; con un sistema que registra cada factura en el momento, tener facturas que nacen en un sitio y se apuntan en otro es justo lo que este cambio viene a evitar. Cómo queda tu caso concreto, con tu gestoría.
- Facturas de proveedor que alguien teclea. No es Verifactu, pero es el mismo departamento y el mismo cuello de botella. En una distribuidora eran 72 horas al mes; ahora son 6, y las que no cuadran caen en una bandeja para que las mire una persona.
- Clientes que mandan fotos de facturas por WhatsApp a la gestoría. Torcidas, repetidas y con el dedo encima. Es el proceso más urgente que me encuentro en despachos, y la solución no es un programa nuevo: es que la foto entre sola, con nombre, en su sitio.
- Rectificativas y anulaciones hechas «a mano». Con registros encadenados, cada corrección deja rastro. Conviene que el proceso de corregir esté definido antes, no improvisado el primer día que haga falta.
Qué haría yo antes de 2027
- Preguntar por escrito al fabricante del programa de facturación si va a cumplir Verifactu y en qué fecha. Guardar la respuesta.
- Hacer una lista de todas las facturas que hoy no nacen en el programa: las de Word, las de Excel, las de la tienda, las del taller. Cada una es un problema en enero.
- Medir una semana cuánto tiempo se va en meter facturas de proveedor y en cuadrar albaranes. Es donde más horas hay, y se automatiza con o sin Verifactu.
- Si eres gestoría, decidir cómo van a llegarte las facturas de tus clientes a partir de ahora. Si es por WhatsApp, decidirlo tú antes de que lo decidan ellos.
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Fuentes: Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE del 3 de diciembre de 2025), sobre el aplazamiento de Verifactu; Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo (BOE del 31 de marzo de 2026), que desarrolla la facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales. Esto no es asesoramiento fiscal: para tu caso concreto, tu gestoría. Nota escrita el 26 de septiembre de 2026.
Escrito por Etechan Butt, consultor tecnológico en Santa Cruz de Tenerife. Si tienes un proceso que se hace a mano y quieres saber si compensa cambiarlo, son quince minutos sin coste.